ODR FAMILY MEDIATION
El sistema judicial identifica estos casos como Relaciones Domésticas porque sus cuestiones abordadas por los Estatutos del Derecho de Familia.
Mientras las partes consideran terminar su relación y deciden presentar su petición ante el tribunal, siguen el proceso judicial para la terminación de su relación. El tribunal les ordenará una mediación antes de programar una audiencia de órdenes finales en la que un juez tomaría decisiones sobre su caso. En general, los casos de Relaciones Domésticas, polarmente conocidos como casos de Familia, se dividen en dos grandes secciones:
Casos de divorcio previos al decreto
Se trata de casos de divorcio en los que el tribunal no se ha pronunciado ni ha emitido la sentencia de divorcio. Por Proceso judicial el tribunal requerirá que cada parte presente e intercambie:
-Estados Financieros Jurados
-El Plan de Crianza que incluye:
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Tiempo de Crianza asignado para Horarios Escolares, Días Festivos, Vacaciones y Viajes.
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Toma de decisiones importantes sobre educación, medicina y religión.
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Cobertura Médica y Actividades y Gastos Extracurriculares.
-Acuerdo de Separación que incluye:
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División de Bienes Raíces, Activos Financieros y Deudas.
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Planes de Jubilación ocho civiles y/o militares.
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Asignación y división de Impuestos.
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División de bienes muebles.
Post - Decreto Casos de Divorcio
Se trata de casos en los que el tribunal ha tomado una decisión final sobre el caso y ha emitido la sentencia de divorcio. Por lo general, una de las partes solicita modificar las órdenes judiciales en la sentencia de divorcio o las órdenes judiciales; Estos casos normalmente implican:
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Modificación de cualquiera de los términos de una audiencia de divorcio o, de las órdenes judiciales de audiencia posterior posterior al decreto.
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Desacato al tribunal en el que una de las partes considera que la otra no está siguiendo las órdenes del tribunal o los términos incluidos en la sentencia de divorcio.
Aspectos clave
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Es un proceso de resolución asistida accesible a través de la mediación basado en los principios de toma de decisiones informadas y de autodeterminación.
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La mediación no impone decisiones; más bien es una alternativa legal a un resultado litigioso basado en un fallo judicial.
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Las partes tienen control sobre el proceso; definen su propia resolución basándose en un acuerdo mutuo.
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Los acuerdos alcanzados son intencionales y relevantes para las partes.